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La Corte pateó la pelota afuera y dejó a la Argentina en Venta.

Este artículo es el que permite, desde el 21 de diciembre de 2023, la venta de tierras rurales a extranjeros sin ningún límite

La Corte pateó la pelota afuera y dejó a la Argentina en Venta.

Este artículo es el que permite, desde el 21 de diciembre de 2023, la venta de tierras rurales a extranjeros sin ningún límite

🔴LA CORTE PATEÓ LA PELOTA AFUERA Y DEJÓ A LA ARGENTINA EN VENTA

Con la firma de Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti, el máximo tribunal revocó el fallo que protegía la Ley de Tierras y le dio vía libre a la derogación por DNU de Milei. No discutió si es constitucional vender el país sin límites. Solo dijo que los ex combatientes de Malvinas no pueden pedirlo.

- Gravísimo no es una hipérbole. Es la palabra exacta que usó la diputada Lucía Cámpora para definir lo que pasó ayer, y que ahora confirma el propio comunicado del CECIM La Plata.

El 29 de septiembre de 2026, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó el fallo que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/23, el decreto que derogó la Ley de Tierras Rurales 26.737.  

Ese artículo es el que permite, desde el 21 de diciembre de 2023, la venta de tierras rurales a extranjeros sin ningún límite.

La Cámara Federal de La Plata le había dado la razón al Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata. La Corte no. Pero no porque tenga razón Milei. Sino porque, según la Corte, el CECIM no puede preguntar.

El tecnicismo que vale un país
El argumento central de la sentencia es tan escueto como brutal, “frente a la clara ausencia de un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo, no es posible tener por configurado un caso o controversia”  

Traducción: 
La soberanía territorial, la integridad de nuestros ríos, valles, bosques, zonas de frontera y sí, también las Islas Malvinas, no sería un bien colectivo que habilite a un ciudadano a defenderlo en la Justicia.

Por eso la Corte consideró que el CECIM “carecía de legitimación” y desestimó la demanda. Y aclaró, con una honestidad que asusta, que su decisión “no implica abrir juicio sobre la validez constitucional” del artículo 154 del DNU 70/23.  

Es decir: no dicen que sea constitucional. Dicen que nadie puede discutirlo. Al menos, no estos nadie.

La sentencia lleva la firma de los tres miembros que hoy concentran el poder del tribunal: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.  
La respuesta de los ex combatientes: "Nos mandaron a morir por la soberanía, ahora no podemos defenderla"

El comunicado del CECIM La Plata, que conocimos en exclusiva, no tiene eufemismos. Titula: "LA CORTE DECRETÓ QUE LA SOBERANÍA NO ES UN BIEN JURÍDICO Y PUSO A LA ARGENTINA EN VENTA".

Y acierta en la contradicción histórica más lacerante:
"Un Estado argentino que, en 1982, nos mandó a batallar bajo el argumento de la 'defensa de la soberanía nacional'. Rara consideración la de esta Corte. Podemos morir en defensa de la soberanía, pero no acudir a un Tribunal."

Para el CECIM, la Corte resolvió el problema político en el que se había metido el gobierno de Milei, que gritaba "LA PATRIA NO SE VENDE" mientras derogaba por decreto la única ley que ponía un tope -15% de extranjerización nacional, 1000 hectáreas en zona núcleo, prohibición de comprar en zonas de frontera- a la venta del territorio.

Desde hoy, denuncian, “pueden venir a comprar municipios, provincias, zonas de frontera, ríos, valles, bosques, quebradas, incluidas las Islas Malvinas”.

No es una metáfora. Sin Ley de Tierras, un fondo extranjero puede comprar, literalmente, sin límite.
El verdadero fallo: la doctrina de la impotencia
Esta es la crítica de fondo que los cables de agencia no hacen.

La Corte que ayer falló es la misma que hace casi 100 años inventó la "doctrina de facto" para legitimar dictaduras, como bien recuerda el CECIM. Y es la Corte que funciona con 3 miembros que, como dice el comunicado, "tienen más poder que un dios al que nadie puede evaluar".

Su jurisprudencia es clara y cada vez más peligrosa: achicar el concepto de "caso judicial" para no tener que pronunciarse sobre los DNU que desregulan el país.

Si la soberanía no es un bien colectivo, ¿qué lo es? Si los que pusieron el cuerpo en Malvinas no tienen legitimación para defender el territorio, ¿quién la tiene?

La Corte, con este fallo escueto, no solo le hizo "el regalito del año a Javier y a Karina Milei", como dice el CECIM. Le dijo al mundo que la Argentina está en liquidación y que el Poder Judicial no va a atender el teléfono.

El problema no es solo que derogaron la Ley de Tierras por decreto. El problema es que ahora la Corte dice que no hay nadie habilitado para quejarse.

Y esa es la definición perfecta de entrega.

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